LEY N° 4668

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY N° 4668

 

DE AUTORIZACION PARA LA VENTA DEL EDIFICIO DENOMINADO MONOBLOCK “R”

 

ARTICULO 1°.- Derógase la Ley N° 4592 de Autorización para la venta del Edificio denominado Monoblok “R” y su Anexo A; Pliego de Condiciones Particulares.

 

ARTICULO 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia a llamar a licitación pública para la venta y transferencia de los inmuebles individualizados como Lotes Nros. 24, 25 y 26 de la Manzana 19 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, asiento del Edificio denominado Monoblok “R”, con todo lo plantado, edificado y adherido al suelo, en el estado en que se encuentran, conforme a las normas del Régimen de Contrataciones del Estado, con destino a la terminación de los departamentos con fines de vivienda y de las unidades para fines complementarios.

 

ARTICULO 3°.- Los fondos recaudados serán afectados a la construcción de la Escuela en Barrio La Merced, San Pedro de Jujuy; Escuela N° 404. Domitila Cholele, La Quiaca; Escuela N° 351 José María Fascio, El Durazno, Tilcara, según los planos elaborados por el Poder Ejecutivo.

Los remanentes, si hubiera, se afectarán a las Obras Públicas Provinciales según la planificación que realice el Poder Ejecutivo.

 

ARTICULO 4°.- El adjudicatario deberá terminar el edificio en el plazo máximo de treinta y seis (36) meses contados a partir de la firma del correspondiente contrato, entendiéndose por edificio terminado cuando la inspección de la obra lo dé por concluido, firmándose el Acta respectiva y contar con las inspecciones finales de las reparticiones Provinciales que corresponda.

 

ARTICULO 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de diciembre de 1992.-

 

Esc. JULIO FRIAS

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

Dr. NASSIB DALMACIO FIAD

Vice Presidente 1°

A/C. de Presidencia

Legislatura de Jujuy

Sancionada 21/12/1992

Publicado en BO Nº 9 de fecha 22/01/1993