LEY N° 4668
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 4668
DE AUTORIZACION PARA LA VENTA DEL EDIFICIO DENOMINADO MONOBLOCK “R”
ARTICULO 1°.- Derógase la Ley N° 4592 de Autorización para la venta del Edificio denominado Monoblok “R” y su Anexo A; Pliego de Condiciones Particulares.
ARTICULO 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia a llamar a licitación pública para la venta y transferencia de los inmuebles individualizados como Lotes Nros. 24, 25 y 26 de la Manzana 19 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, asiento del Edificio denominado Monoblok “R”, con todo lo plantado, edificado y adherido al suelo, en el estado en que se encuentran, conforme a las normas del Régimen de Contrataciones del Estado, con destino a la terminación de los departamentos con fines de vivienda y de las unidades para fines complementarios.
ARTICULO 3°.- Los fondos recaudados serán afectados a la construcción de la Escuela en Barrio La Merced, San Pedro de Jujuy; Escuela N° 404. Domitila Cholele, La Quiaca; Escuela N° 351 José María Fascio, El Durazno, Tilcara, según los planos elaborados por el Poder Ejecutivo.
Los remanentes, si hubiera, se afectarán a las Obras Públicas Provinciales según la planificación que realice el Poder Ejecutivo.
ARTICULO 4°.- El adjudicatario deberá terminar el edificio en el plazo máximo de treinta y seis (36) meses contados a partir de la firma del correspondiente contrato, entendiéndose por edificio terminado cuando la inspección de la obra lo dé por concluido, firmándose el Acta respectiva y contar con las inspecciones finales de las reparticiones Provinciales que corresponda.
ARTICULO 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de diciembre de 1992.-
Esc. JULIO FRIAS
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
Dr. NASSIB DALMACIO FIAD
Vice Presidente 1°
A/C. de Presidencia
Legislatura de Jujuy
Sancionada 21/12/1992
Publicado en BO Nº 9 de fecha 22/01/1993