LEY N° 4646
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 4646
ARTICULO 1º.- Apruébase el Convenio de Cooperación Técnica, suscripto con fecha 04 de Junio de 1992, entre la Secretaría de la Función Pública y el Instituto Nacional de la Administración Pública, representado por el Sr. Secretario de la Función Pública y Presidente del Instituto Nacional de la Administración Pública, Dr. GUSTAVO OSVALDO BELIZ y el Gobierno de la Provincia de Jujuy, representado por el Sr. Gobernador, Dr. ROBERTO RUBEN DOMINGUEZ, mediante el cual se comprometen establecer un Proyecto de Asistencia Técnica, destinado a apoyar el programa de reformas a llevar a cabo en el Estado Provincial y en los Municipios de esta Provincia.-
ARTICULO 2º.- Invítase a los Municipios a adherirse para gozar los beneficios del presente Convenio.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de octubre de 1992.-
CPN. ELIAS D. MARTIN DIP
Secretario Administrativo
A/C. Secretaria Parlamentaria
Legislatura de Jujuy
EDUARDO MARCELO CARRILLO
Vice Presidente 2°
A/C Presidencia
Legislatura de Jujuy
Sancionada 29/10/1992
Publicado en BO Nº 135 de fecha 07/12/1992