LEY N° 4646

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY N° 4646

 

ARTICULO 1º.- Apruébase el Convenio de Cooperación Técnica, suscripto con fecha 04 de Junio de 1992, entre la Secretaría de la Función Pública y el Instituto Nacional de la Administración Pública, representado por el Sr. Secretario de la Función Pública y Presidente del Instituto Nacional de la Administración Pública, Dr. GUSTAVO OSVALDO BELIZ y el Gobierno de la Provincia de Jujuy, representado por el Sr. Gobernador, Dr. ROBERTO RUBEN DOMINGUEZ, mediante el cual se comprometen establecer un Proyecto de Asistencia Técnica, destinado a apoyar el programa de reformas a llevar a cabo en el Estado Provincial y en los Municipios de esta Provincia.-

 

ARTICULO 2º.- Invítase a los Municipios a adherirse para gozar los beneficios del presente Convenio.

 

ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de octubre de 1992.-

 

CPN. ELIAS D. MARTIN DIP

Secretario Administrativo

A/C. Secretaria Parlamentaria

Legislatura de Jujuy

 

EDUARDO MARCELO CARRILLO

Vice Presidente 2°

A/C Presidencia

Legislatura de Jujuy

Sancionada 29/10/1992

Publicado en BO Nº 135 de fecha 07/12/1992