BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 09/11/16
Dr. Juan Carlos Correa, Juez por Habilitación del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N’ 9, Secretaria N’ 18, en el Expte. Nº D-009419/15, caratulado: “Ejecutivo: Valeria Zulma Bruno c/ Gloria Noemí Ríos, procede a notificar a la Sra. Gloria Noemí Ríos, de la siguiente providencia que a continuación se transcribe: “San Pedro de Jujuy, 14 de Abril de 2015.- Téngase por presentado el Dr. Jorge Federico Toril en nombre y representación de Valeria Zulma Bruno a merito de copia juramentada de Poder General, por constituido domicilio legal, por parte.- De conformidad a lo dispuesto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C, líbrese mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo en contra de la demandada Sra. Gloria Noemí Ríos en el domicilio denunciado, por la suma de pesos Quince Mil ($15.000) en concepto de capital, con más la suma de pesos Siete mil Quinientos ($7.500) calculada provisoriamente para responder por intereses y costas del juicio…y cíteselo de remate para que dentro del plazo de cinco días comparezca ante este Juzgado y Secretaria a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución. Por igual término, se intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificado por ministerio de ley todas las resoluciones posteriores cualquiera sea su naturaleza (arts. 52 y 154 del C.P.C).- Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuese feriado.- Notifíquese.- Fdo. Dr. Hugo Cesar Moisés Herrea-Juez- Ante mi: Dra. Lilian Inés Conde-Secretaria.- San Pedro de Jujuy, 26 de agosto de 2016.- I.- Atento las constancia de autos y conforme se solicita en el escrito presentado por el Dr. Jorge Federico Toril, ordénese la notificación por edictos a la demandada señora Gloria Noemí Ríos, conforme lo prevee el art. 162 del CPC.- Para el caso que el demandado no se presente a hacer valer sus derechos se le designará oportunamente un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes que por turno corresponda.- I.- Notifíquese.- Fdo: Dr. Juan Carlos Correa-Juez por Habilitación-Ante mi: Dra. Lilian Inés Conde- Secretaria.- San Pedro de Jujuy, 26 de agosto de 2016.- Notifíquese por edicto (art. 162 CPC) por tres veces en cinco días en Boletín Oficial y diario local.-
04/07/09 NOV. LIQ. Nº 124370 $270,00.-