BOLETÍN OFICIAL Nº 108 – 27/09/13

Icon_PDF_6 (Libro de Acordadas 16, Fº 252/253, Nº 141) En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, capital de la Provincia de Jujuy, república Argentina, a los veintiséis días de septiembre de dos mil trece, los señores Jueces del Superior Tribunal de Justicia, Doctores Sergio Ricardo González, María Silvia Bernal, Sergio Marcelo Jenefes y Clara Aurora De Langhe, en acuerdo plenario,

Consideraron:

La continuidad de las medidas de fuerza adoptadas por personal del Poder Judicial, no obstante los constantes esfuerzos realizados por los poderes del Estado para la resolución del conflicto y la exhortación a reintegrarse a sus tareas realizado por el Superior Tribunal de Justicia mediante  Acordada Nº 133/2013.

Que, a mas de las dificultades generadas por dichas medidas en el desarrollo del servicio de justicia, y la consecuente ilicitud de la huelga que ello implica, cabe tener presente que las mismas exceden el marco de un conflicto laboral –consistente en la mera abstención del deber de trabajar con abandono de los puestos de trabajo- ya que han procurado impedir que los trabajadores accedan al lugar de trabajo mediante acciones directas, con obstrucciones, amedrentamientos, con daños a los bienes del Estado de público conocimiento, configurando actos ilícitos que superan los límites del derecho de huelga, en donde cada trabajador debe tomar la decisión libre de adherir o no a las medidas acordadas.

Que, quienes actúan dentro de este marco de violencia, imposición por la fuerza, y ejercen presiones físicas o psicológicas están conculcando el derecho de trabajar y transforman la medida en ilegal. Mas aún, estas acciones, por la forma y la modalidad, pueden constituir  actos ilícitos que generen responsabilidades en materia administrativa (sanciones administrativas), civil (por los daños causados) y penal (por los hechos que están siendo materia de investigación).

Las consideraciones expuestas, y especialmente las ya valoradas en la Acordada Nº 133/13, avalan la declaración de ilicitud de las medidas de fuerza que han venido impulsando algunos agentes del Poder Judicial durante los meses de agosto y setiembre del corriente.

Que, habiéndose desarrollado las medidas dentro del ámbito exclusivo y excluyente del Poder Judicial y con fundamento en la independencia de los poderes y del sistema republicano, es a su máxima autoridad – en este caso, a esta Corte- a quien compete el análisis de los hechos y la determinación de si la medida de fuerza se desarrolla dentro de límites razonables.

Por las razones expuestas, y a fines de resguardar el normal desarrollo de la administración de justicia el Superior Tribunal de Justicia,

Resuelve:

1º)Declarar la ilicitud de la huelga que vienen llevando adelante agentes del Poder Judicial desde el 7 de agosto del corriente.

2º)Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior, conminase e intimase a los agentes judiciales que continuaren adheridos a las medidas de fuerza, a reintegrarse a sus tareas habituales a partir del 30 de setiembre de 2013.

3º)Hacer saber a los mismos que deberán cesar con las conductas de presión, observando el debido respeto, cortesía y circunspección con sus compañeros, superiores, litigantes y público en general (conf. Art. 9 inc. c. del Reglamento Interno para el Personal del Poder Judicial).

4º)En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se iniciarán los sumarios administrativos correspondientes, previa exclusión –en su caso- de la tutela sindical de los agentes que se encuentren amparados bajo ella.

5º)Disponer que los señores secretarios y demás funcionarios que tengan a su cargo personal, deberán hacer conocer y denunciar la comisión de hechos a los que se refiere la presente acordada. ´

6º) Hacer saber la plena vigencia de la presente acordada a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

7º)Regístrese, notifíquese al Colegio de Magistrados, Colegio de Abogados, al Secretario General de la Asociación Judicial, publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del organismo, dése amplia difusión.

 

Firmado: Dres. Sergio Ricardo González- Presidente del Superior Tribunal de Justicia- María Silvia Bernal- Sergio Marcelo Jenefes – Clara Aurora De Langhe. Jueces del Superior Tribunal de Justicia. Ante mi Dra. Natalia Jarma – Secretaria de Superintendencia.

 

Se deja constancia que el Dr. José Manuel del Campo no suscribe la presente por encontrarse haciendo uso de licencia. Natalia Jarma – Secretaria de Superintendencia- San Salvador de Jujuy 26 de setiembre de 2013.

 

27 SEPT. LIQ. Nº 109706 $ 110,00