LEY Nº 3651
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de julio de 1979
EXP. N° 419-S-1979.-
VISTO:
El Decreto Nº 5622-H-1979 por el que se autoriza el llamado a licitación pública para la venta del Hotel Termas de Reyes, y
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario individualizar correctamente los terrenos que integran y se excluyen de esa venta;
Por ello, y en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por el artículo 1º -apartado 2.3- de la Instrucción Militar Nº 1/77 de la Junta Militar;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY Nº 3651
ARTÍCULO 1º.- Aféctanse como de “Dominio Público” del Estado Provincial todos los tramos de accesos y circulación existentes (ruta y caminos) al Hotel Termas de Reyes, que se ubican dentro del inmueble denominado como fracción segunda del Lote 200-b, Padrón A-6372.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese -en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas, Contaduría General, Dirección General de Inmuebles y pase a Escribanía de Gobierno a sus demás efectos.-
RICARDO JOSE ALDAO
CORONEL
MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y EDUCACIÓN
FERNANDO V. URDAPILLETA
General de Brigada (RE)
GOBERNADOR
- CARLOS MARTÍN J. BARCENA
MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL
FORTUNATO DAHER
MINISTRO DE ECONOMIA
Sancionada 24/06/1979
Publicado en BO Nº 134 de fecha 23/11/1979