LEY Nº 3651

 

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de julio de 1979

EXP. N° 419-S-1979.-

VISTO:

El Decreto Nº 5622-H-1979 por el que se autoriza el llamado a licitación pública para la venta del Hotel Termas de Reyes, y

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario individualizar correctamente los terrenos que integran y se excluyen de esa venta;

Por ello, y en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por el artículo 1º -apartado 2.3- de la Instrucción Militar Nº 1/77 de la Junta Militar;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY Nº 3651

 

ARTÍCULO 1º.- Aféctanse como de “Dominio Público” del Estado Provincial todos los tramos de accesos y circulación existentes (ruta y caminos) al Hotel Termas de Reyes, que se ubican dentro del inmueble denominado como fracción segunda del Lote 200-b, Padrón A-6372.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese -en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas, Contaduría General, Dirección General de Inmuebles y pase a Escribanía de Gobierno a sus demás efectos.-

 

RICARDO JOSE ALDAO

CORONEL

MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y EDUCACIÓN

 

FERNANDO V. URDAPILLETA

General de Brigada (RE)

GOBERNADOR

 

  1. CARLOS MARTÍN J. BARCENA

MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL

 

FORTUNATO DAHER

MINISTRO DE ECONOMIA

 

 

 

 

 

 

 

Sancionada 24/06/1979

Publicado en BO Nº 134 de fecha 23/11/1979