LEY Nº 5058
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 5058
ARTICULO 1º.- Desaféctase de su destino original de “Edificio Público”, el inmueble individualizado como Manzana 127 – Padrón J-5268 Dominio 11-443/445 según Plano aprobado por Decreto Nº 4297-OP-87, ubicado en la ciudad de Humahuaca, departamento Humahuaca.
ARTICULO 2º.- La Dirección General de Inmuebles procederá a la agilización del Loteo de los Inmuebles identificados como 135 “RESERVADO” – Padrón J-5383 Dominio 11-443/445 y 140 “RESERVADO”- Padrón J-5432 Dominio 11-443/445 según consta en el Plano aprobado por Decreto Nº 4297-OP-87.
ARTICULO 3º.- Los lotes que se determinen serán adjudicados definitivamente a sus actuales ocupantes y/o futuros destinatarios.
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 de junio de 1998.-
Dr. WALTER BASILIO BARRIONUEVO
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
Diputado Provincial
Vice-Presidente 1º
a/c. de Presidencia
Legislatura de Jujuy
Sancionada 18/06/1998
Publicado en BO Nº 84 de fecha 29/07/1998