BOLETÍN OFICIAL Nº 112 – 07/10/13
EXPTE. Nº 400-1405/13.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 AGO. 2013.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º.- Excluyese de las disposiciones legales contenidas en el Decreto Nº 765-G-2.000, a la Secretaria de Turismo y a la Secretaria de Cultura, a partir del 1 de Enero de 2013, de conformidad a las razones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2º.- Como consecuencia de lo dispuesto en el Articulo anterior, dispónese que la Secretaria de Turismo y la Secretaria de Cultura deberán remitir a la Jefatura de Gabinete de Ministros, informe mensual de las contrataciones en materia de publicidad, a los fines de su control.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR