LEY N° 4622

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY N° 4622

ARTICULO 1°.- Denomínase la Escuela Provincial de Comercio N° 1 con el nombre de “Profesor Carlos Eusebio Ibarra”.

ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial y demás organismos competentes.

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de Agosto de 1992.-

 

Esc. JULIO FRIAS

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

 

Dr. DANIEL ALMIRON

Diputado

Vice Presidente 1°

A/C. de Presidencia

Legislatura de Jujuy

Sancionada 05/08/1992

Publicado en BO Nº 98 de fecha 31/08/1992