LEY N° 4622
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 4622
ARTICULO 1°.- Denomínase la Escuela Provincial de Comercio N° 1 con el nombre de “Profesor Carlos Eusebio Ibarra”.
ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial y demás organismos competentes.
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de Agosto de 1992.-
Esc. JULIO FRIAS
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
Dr. DANIEL ALMIRON
Diputado
Vice Presidente 1°
A/C. de Presidencia
Legislatura de Jujuy
Sancionada 05/08/1992
Publicado en BO Nº 98 de fecha 31/08/1992