LEY N° 4621
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 4621
ARTICULO 1º.- Apruébase el Convenio de Cooperación Científica y Asistencia Técnica suscripto con fecha 14 de abril de 1992 entre el MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA PROVINCIA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUY para la prestación de servicios de administración tributaria a través de la Facultad de Ciencias Económicas de Jujuy.
ARTICULO 2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Dirección Provincial de Rentas, a realizar las erogaciones que demande el cumplimiento del Convenio que por la presente Ley se aprueba, en orden a los créditos para gastos previstos en el presupuesto vigente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de agosto de 1992.
Esc. JULIO FRIAS
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
Dr. DANIEL ALMIRON
Diputado
Vice Presidente 1°
A/C. de Presidencia
Legislatura de Jujuy
Sancionada 05/08/1992
Publicado en BO Nº 98 de fecha 31/08/1992