LEY N° 4621

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY N° 4621

ARTICULO 1º.- Apruébase el Convenio de Cooperación Científica y Asistencia Técnica suscripto con fecha 14 de abril de 1992 entre el MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA PROVINCIA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUY para la prestación de servicios de administración tributaria a través de la Facultad de Ciencias Económicas de Jujuy.

ARTICULO 2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Dirección Provincial de Rentas, a realizar las erogaciones que demande el cumplimiento del Convenio que por la presente Ley se aprueba, en orden a los créditos para gastos previstos en el presupuesto vigente.

ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de agosto de 1992.

 

Esc. JULIO FRIAS

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

Dr. DANIEL ALMIRON

Diputado

Vice Presidente 1°

A/C. de Presidencia

Legislatura de Jujuy

 

Sancionada 05/08/1992

Publicado en BO Nº 98 de fecha 31/08/1992