LEY N° 4609

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY N° 4609

 

ARTICULO 1°.- Desaféctase del Estado Provincial el Lote Rural 570 Sector III de una superficie neta según mensura de 49 Ha. 2.025,8005 m2., limitado al Norte con las vías del Ferrocarril General Belgrano, al Sur con el Aeropuerto Internacional Jujuy “Gobernador Horacio Guzmán”, al Este con Barrio Santa Rosa y al Oeste con la Ruta Nacional N° 66, Lote este denominado Parque EL RETORNO.

 

ARTICULO 2°.- Transfiérase el Lote mencionado al Municipio de la ciudad de Perico, a los mismos efectos y fines que este inmueble venía prestando a la comunidad, como así también, para emprendimiento de interés general relacionado con las necesidades del comercio, industria y producción.

 

ARTICULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 de junio de 1992.-

 

Esc. JULIO FRIAS

Secretario Parlamentario

LEGISLATURA DE JUJUY

 

Dr. DANIEL ALMIRON

Diputado

Vice-Presidente 1°

a/c de Presidencia

LEGISLATURA DE JUJUY

Sancionada 04/06/1992

Publicado en BO Nº 74 de fecha 03/07/1992