LEY N° 4604
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 4604
ARTICULO 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia, disponga a través de sus organismos competentes, la creación de cursos, horas-cátedra y cargos que se detallan en el Anexo adjunto, que en tres (3) fojas útiles, forma parte integrante de la presente Ley.
Las categorías que se asignen en los cargos que se crean en el presente artículo serán los que correspondan en la Ley N° 3161.
ARTICULO 2°.- Exceptúase a esta creación de cursos, horas-cátedra y cargos, de las disposiciones de las Leyes de Emergencia (Leyes Nros. 4439 y 4539, sus complementarias y modificatorias), debiendo – no obstante- el organismo de aplicación (Dirección General de Enseñanza Media, Artística y Superior) proceder con arreglo a los principios de esos ordenamientos (Arts. 1, 2 y cc. de la Ley N° 4439).
ARTICULO 3°.- Las erogaciones resultantes de la aplicación de la presente Ley, se atenderán con las partidas correspondientes del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos.
ARTICULO 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 de Abril de 1992.-
Esc. JULIO FRIAS
Secretario Parlamentario
LEGISLATURA DE JUJUY
Dr. DANIEL ALMIRON
Diputado
Vice-Presidente 1°
a/c de Presidencia
LEGISLATURA DE JUJUY
ANEXO
1.- CREACION DE CARGOS
ORDENANZAS
* Bachillerato Provincial Nocturno para Adultos N° 1 -Capital- 1 (uno)
* Bachillerato Provincial N° 4 La Mendieta 3 (tres)
* Bachillerato Provincial N° 7 – Calilegua- 1 (uno)
* Bachillerato Provincial N° 8 -Caimancito- 1 (uno)
* Bachillerato Provincial N° 10 – Santa Clara- 1 (uno)
Bachillerato Provincial N° 11 – San Pedro de Jujuy- 1 (uno)
* Bachillerato Provincial N° 13 -Albergue-Susques 1 (uno)
* Bachillerato Provincial N° 16 -Capital- 1 (uno)
* Bachillerato Provincial N° 17 -San Antonio- 1 (uno)
* Bachillerato Provincial N° 19 -Yala-Lozano- 1 (uno)
* Bachillerato Provincial N° 20 – Aguas Calientes- 2 (dos)
-* Bachillerato Provincial N° 21 -Capital- 2 (dos)
* Bachillerato Provincial N° 22 -Palpalá- 2 (dos)
* Escuela Provincial de Comercio N° 6 – Libertador
General San Martín- 2 (dos)
* Escuela Provincial de Comercio N° 7 – San Pedro de Jujuy- 1 (uno)
* Profesorado P/ Enseñanza Primaria – La Mendieta- 1 (uno)
* Escuela Provincial de Artes N° 2 -Humahuaca 1 (uno)
* Escuela Provincial de Artes N° 3 – Libertador
General San Martín- 2 (dos)
* Escuela Provincial Agrotécnica N° 2 – El Piquete- 2 (dos)
* Profesorado de Física – San Pedro de Jujuy- 1 (uno)
* Bachillerato Provincial Nocturno para Adultos N° 2 – Tilcara 1 (uno)
* Rotativa en escuelas DIGEMAS 3 (tres)
SERENOS
* Bachillerato Provincial N° 5 – Palma Sola- 1 (uno)
* Escuela Provincial de Comercio N° 2 -Palpalá- 1 (uno)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
* Bachillerato Provincial N° 16 – Capital 1 (uno)
* Bachillerato Provincial N° 17 – San Antonio 1 (uno)
* Bachillerato Provincial N° 20 – Aguas Calientes- 1 (uno)
* Bachillerato Provincial N° 21 -Capital- 2 (dos)
* Bachillerato Provincial N° 22 -Palpalá- 1 (uno)
* Bachillerato Provincial Nocturno para Adultos N° 1 -Capital- 1 (uno)
* Escuela Provincial de Comercio N° 3 -Capital- 1 (uno)
* Escuela Provincial de Comercio N° 7 – San Pedro de Jujuy- 1 (uno)
* Escuela Técnica Provincial N° 1 -Capital- 1 (uno)
* Instituto Sagrado Corazón -Palpalá- 1 (uno)
* Escuela Provincial de Artes N° 1 -Capital- 1 (uno)
* Escuela Provincial de Artes N° 3 – Libertador
General San Martín- 1 (uno)
* Escuela Agrotécnica N° 1 – El Brete- 1 (uno)
* Escuela Agrotécnica N° 3 -Humahuaca- 1 (uno)
* Dirección General de Enseñanza Media, Artística y Superior 6 (seis)
* Profesorado “Raúl Scalabrini Ortíz” -Capital- 1 (uno)
REGENTE DE NIVEL TERCIARIO
* Profesorado de La Esperanza 1 (uno)
2.- CREACION DE CURSOS
2.1. NIVEL MEDIO
* Por Crecimiento Progresivo 479 Hs.
* Por Promoción de Alumnos 219 Hs.
* Por Modificación Planes Estudios 44 Hs.
* Por Incremento Población Escolar 108 Hs.
* Estimadas por Promoción 185 Hs.
* Creaciones por promoción de Alumnos (Sin Bancos) 160 Hs.
(Total Horas-Cátedra a partir del 16/03/92) 1.195 Hs.
2.2. NIVEL TERICIARIO
* Por Promoción de Alumnos 319 Hs.
* Por Creación de Profesorados 240 Hs.
* Por Incremento Población Escolar 132 Hs.
(Total Horas-Cátedra a partir del 16/03/92) 691 HS.
Esc. JULIO FRIAS
Secretario Parlamentario
LEGISLATURA DE JUJUY
Dr. DANIEL ALMIRON
Diputado
Vice-Presidente 1°
a/c de Presidencia
LEGISLATURA DE JUJUY
Sancionada 09/04/1992
Publicado en BO Nº 52 de fecha 05/05/1992