BOLETÍN OFICIAL Nº 114 – 11/10/13

Icon_PDF_6DECRETO Nº 3395-G-

EXPTE Nº 400-1433/13.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 SET. 2013

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Créase el Consejo Asesor de Salud que tendrá por objeto proponer la adecuación de todas las normas que regulan la relación de empleo de los profesionales de la salud de la Provincia, sugiriendo pautas vinculadas con las condiciones de ingreso, promoción y prestación de servicio, definición de la estructura salarial como así también aspectos vinculados con la permanencia y culminación de la carrera administrativa.

ARTÍCULO 2º.- El Consejo Asesor de Salud se constituirá como ámbito de trabajo, dialogo y búsqueda de acuerdos para la consecución de los objetivos previstos en el artículo precedente y procurará asegurar la participación de los Colegios Profesionales, entidades gremiales, científicas, y académicas, como así también la de Directores de Hospitales y representantes directos de los servicios estatales de salud.

ARTICULO 3º.-El Consejo Asesor de Salud será presidido por el Ministerio de Salud de la Provincia y la coordinación de las acciones y definición de la participación de funcionarios gubernamentales estará a cargo del Jefe de Gabinete de Ministros, quien dictará las disposiciones necesarias para su organización y funcionamiento. Tendrá carácter consultivo, no vinculante y honorario.

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR