LEY Nº 5036
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 5036
ARTICULO 1.- Apruébase el Convenio de Colaboración y Capacitación, celebrado con fecha 31 de marzo de 1997, entre la Asociación Jujeña de Profesores de Inglés y el Ministerio de Educación y Cultura de la Provincia de Jujuy.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 de diciembre de 1997.-
Dr. WALTER BASILIO BARRIONUEVO
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
Diputado Provincial
Vice-Presidente 1°
a/c. de Presidencia
Legislatura de Jujuy
Sancionada 18/12/1997
Publicado en BO Nº 20 de fecha 16/02/1998