LEY Nº 5036

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5036

ARTICULO 1.- Apruébase el Convenio de Colaboración y Capacitación, celebrado con fecha 31 de marzo de 1997, entre la Asociación Jujeña de Profesores de Inglés y el Ministerio de Educación y Cultura de la Provincia de Jujuy.

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 de diciembre de 1997.-

 

 

Dr. WALTER BASILIO BARRIONUEVO

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

Diputado Provincial

Vice-Presidente 1°

a/c. de Presidencia

Legislatura de Jujuy

 

 

 

 

 

Sancionada 18/12/1997

Publicado en BO Nº 20 de fecha 16/02/1998