BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 09/11/16

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5969/2016.-

DÍA PROVINCIAL DEL EDUCADOR PARA LA SALUD

ARTÍCULO 1.- Instituyese el 27 de agosto de cada año como “Día Provincial del Educador para la Salud”.-

ARTÍCULO 2.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de Octubre de 2016.‑

 

Cont. Pub. José M. Montiel

Secretario Parlamentario

Legislatura de  Jujuy

 

CPN Carlos G. Haquim

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE Nº 200-857/2016.-

CORRESP. A LEY 5969.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 NOV. 2016.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Salud  y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.-

 

CPN Carlos G. Haquim

Vice-Gobernador de la Provincia

En Ejercicio del Poder Ejecutivo