BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 09/11/16
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 5968/2016.-
“DE ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL Nº 26.160”
ARTÍCULO 1°.-Adhiérese la Provincia de Jujuy a las disposiciones de la Ley Nacional N° 26.160 y prórrogas consagradas por las Leyes Nacionales N° 26.554 y N° 26.894.-
ARTÍCULO 2.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de Octubre de 2016.‑
Cont. Pub. José M. Montiel
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
CPN Carlos G. Haquim
Presidente
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE Nº 200-856/2016.-
CORRESP. A LEY 5968.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 NOV. 2016.-
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, Ministerio de Ambiente y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.-
CPN Carlos G. Haquim
Vice-Gobernador de la Provincia
En Ejercicio del Poder Ejecutivo