BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 09/11/16
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 5967/2016.-
“ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL N° 26.540”
ARTÍCULO 1.-Adhiérese la Provincia de Jujuy a lo dispuesto en la Ley Nacional N° 26.540, por la que se establece el 07 de Noviembre de cada año como día de descanso para los trabajadores-vendedores de diarios y revistas de la industria periodística, en virtud de conmemorarse en dicha fecha el Día del Trabajador de esa actividad.-
ARTÍCULO 2.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de Octubre de 2016.-
Cont. Pub. José M. Montiel
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
CPN Carlos G. Haquim
Presidente
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE Nº 200-855/2016.-
CORRESP. A LEY 5967.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 NOV. 2016.-
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Trabajo y Empleo y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.-
CPN Carlos G. Haquim
Vice-Gobernador de la Provincia
En Ejercicio del Poder Ejecutivo