BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 09/11/16

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5967/2016.-

“ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL N° 26.540”

ARTÍCULO 1.-Adhiérese la Provincia de Jujuy a lo dispuesto en la Ley Nacional N° 26.540, por la que se establece el 07 de Noviembre de cada año como día de descanso para los trabajadores-vendedores de diarios y revistas de la industria periodística, en virtud de conmemorarse en dicha fecha el Día del Trabajador de esa actividad.-

ARTÍCULO 2.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de Octubre de 2016.-

 

Cont. Pub. José M. Montiel

Secretario Parlamentario

Legislatura de  Jujuy

 

CPN Carlos G. Haquim

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE Nº 200-855/2016.-

CORRESP. A LEY 5967.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 NOV. 2016.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Trabajo y Empleo y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.-

 

CPN Carlos G. Haquim

Vice-Gobernador de la Provincia

En Ejercicio del Poder Ejecutivo