BOLETÍN OFICIAL Nº 123 – 04/11/13
EXPTE Nº 716-458/97, Agdos. Nº 716-503/02, Nº 716-835/09.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 SET. 2013.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.– Téngase por reconocido a la Dra. Ana María Mina, CUIL 27-12007169-1, profesional dependiente de la U. de O.: R2-02-04 Hospital “San Roque”, el adicional por permanencia en el servicio guardia (30%) sobre la categoría de ingreso, por el periodo comprendido entre el 1º de marzo de 1999 el 28 de febrero de 2004, de
conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 2º.– Téngase por reconocido a la Dra. Ana María Mina, CUIL 27-12007169-1, profesional dependiente de la U. de O.: R2-02-04 Hospital “San Roque”, el adicional por permanencia en el servicio guardia (60%) sobre la categoría de ingreso, por el periodo comprendido entre el 1º de marzo de 2004 y el 28 de febrero de 2009, de
conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 3º.– Reconócese a la Dra. Ana María Mina, CUIL 27-12007169-1, categoría C (j-2), agrupamiento profesional, Ley Nº 4418, de la U. de O.: R2-02-04 Hospital “San Roque”, el derecho a la percepción del adicional por permanencia en el servicio guardia (90%) sobre la categoría de ingreso, con retroactividad al 1º de marzo de 2009, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR