LEY Nº 4572

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 4572

 

APROBACION DEL CONVENIO PRESTAMO SUBSIDIARIO DEL  PROGRAMA DENOMINADO “SANEAMIENTO FINANCIERO Y CRECIMIENTO ECONOMICO DE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS”

 

ARTICULO 1°.- Apruébase el Convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Jujuy y el Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos de la Nación, referente al Programa denominado “SANEAMIENTO FINANCIERO Y CRECIMIENTO ECONOMICO DE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS”.

 

ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de julio de 1991.-

 

JULIO FRIAS

Secretario Parlamentario

Legislatura de la Provincia.

 

Prof. FAUSTO G. NAVARRO

Diputado

Vice – Presidente 1ro.

A/C Presidencia

Legislatura – Jujuy

 

Sancionada 24/07/1991

Publicado en BO Nº 101 de fecha  11/09/1991