LEY Nº 4572
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 4572
APROBACION DEL CONVENIO PRESTAMO SUBSIDIARIO DEL PROGRAMA DENOMINADO “SANEAMIENTO FINANCIERO Y CRECIMIENTO ECONOMICO DE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS”
ARTICULO 1°.- Apruébase el Convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Jujuy y el Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos de la Nación, referente al Programa denominado “SANEAMIENTO FINANCIERO Y CRECIMIENTO ECONOMICO DE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS”.
ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de julio de 1991.-
JULIO FRIAS
Secretario Parlamentario
Legislatura de la Provincia.
Prof. FAUSTO G. NAVARRO
Diputado
Vice – Presidente 1ro.
A/C Presidencia
Legislatura – Jujuy
Sancionada 24/07/1991
Publicado en BO Nº 101 de fecha 11/09/1991