LEY Nº 4541
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 4541
ARTICULO 1º.- Desaféctanse del Dominio Público del Estado Provincial, con el objeto de su reordenamiento urbanístico a incorporar a planes oficiales de viviendas, las superficies de terreno que corresponden a calles, avenidas, espacios verdes, plazas, ochavas, etc., ubicados en San Pedrito, Dpto. Dr. Manuel Belgrano de esta Provincia; que surgen del Plano de Loteo aprobado por Decreto Nº 298-H-1970 que seguidamente, se detallan:
8.534,59 m² de la calle Juarez Celman, entre Avenida El Libertador y Avenida Puesto del Marqués.
5.859,46 m² de la prolongación N.E.-S.E. de la calle Juarez Celman entre Avenida El Libertador y Avenida Puesto del Marqués.
6.308,88 m² de la calle Gutierrez, entre Avenida El Libertador y Avenida Puesto del Marqués.
4.961,60 m² de la calle Leguizamón, entre Avenida El Libertador y calle Coronel Zegada
4.044,60 m² de la mitad de la Avenida Eva Perón, entre Avenida El Libertador y Avenida Puesto del Marqués
125,52 m² de una fracción de la Avenida El Libertador, entre el Lote 3 de la Manzana M-3 y calle Juarez Celman.
317,28 m² de una fracción de la Avenida El Libertador, entre calle Juarez Celman y calle Gutierrez.
322.80 m² de una fracción de la Avenida El Libertador, entre calle Gutierrez y calle Leguizamón
545,34 m² de una fracción de la Avenida El Libertador, entre calle Leguizamón y Avenida Eva Perón.
242,40 m² de la calle Zárate, entre línea de mensura y calle Juarez Celman.
229,36 m² de la calle Zárate, entre calle Juarez Celman y prolongación N.O.-S.E. de la calle Juarez Celman.
860,80 m² de la calle Zárate, entre prolongación N.O.-S.E. de la calle Juarez Celman y calle Gutierrez.
860,80 m² de la calle Zárate, entre calle Gutierrez y calle Leguizamón.
1.024,80 m² de la calle Zárate, entre calle Leguizamón y Avenida Eva Perón.
242,40 m² de la calle Zurita, entre Línea de mensura y calle Juarez Celman.
754,16 m² de la calle Zurita, entre calle Juarez Celman y Prolongación N.O.-S.E. de la calle Juarez Celman.
860,80 m² de la calle Zurita, entre prolongación N.O.-S.E. de la calle Juarez Celman y calle Gutierrez.
860,80 m² de la calle Zurita, entre calle Gutierrez y calle Leguizamón.
574,24 m² de la calle Zurita, entre calle Leguizamón y Avenida Eva Perón.
400,78 m² de la calle Coronel Zegada, entre línea de mensura y calle Juarez Celman.
1.278,96 m² de la calle Coronel Zegada, entre calle Juarez Celman y prolongación N.O.-S.E. de la calle Juarez Celman.
860,80 m² de la calle Coronel Zegada, entre prolongación N.O.-S.E. de la calle Juarez Celman y calle Gutierrez.
1.240,48 m² de la calle Coronel Zegada, entre calle Gutierrez y Avenida Eva Perón.
182,33 m² de fracciones de la Avenida Puesto del Marquéz, entre Línea de mensura y Avenida Eva Perón.
209,70 m² de la Plazoleta correspondiente a la Manzana M-16.
1.961,89 m² de la Plaza correspondiente a la Manzana M-24.
295,26 m² correspondiente a las ochavas de todas las manzanas.
ARTICULO 2º.- Transfíerense al INSTITUTO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE JUJUY las superficies de terreno desafectadas precedentemente del Dominio Público.
ARTICULO 3º.- La Dirección General de Inmuebles procederá a inscribir, por vía administrativa, a nombre del Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, las superficies de terreno transferidas, aplicando para ello, el procedimiento reglado por el Artículo Nº 1810 del Código Civil.
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de noviembre de 1990.-
LUIS R. CALDERARI
Secretario Administrativo
A/C Secretaría Parlamentaria
Legislatura de la Pcia.
GUILLERMO EUGENIO SNOPEK
Diputado
Vicepresidente 1º
A/C. Presidencia
Legislatura de la Pcia.
Sancionada 29/11/1990
Publicado en BO Nº 5 de fecha 11/01/1991