LEY Nº 3639

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 de junio de 1979

 

EXP. N° 376-S-79.-

 

VISTO:

Que por Decreto Nº 1017-G-74 fue creada la Comisión Municipal de Mina El Aguilar, y

CONSIDERANDO:

Lo informado por la Dirección de Asuntos Municipales;

Lo propuesto por la Secretaría de Estado de Gobierno y Justicia;

Por todo ello, y de conformidad a lo dispuesto por el apartado 3.1. del artículo 1º de la Directiva Nº 1/77 de la Junta Militar a los Señores Gobernadores de Provincia,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY Nº 3639

ARTÍCULO 1º.- Derógase el Decreto Nº 1017-G-74.

 

ARTÍCULO 2º.- Por intermedio y con la intervención de la Dirección de Asuntos Municipales, la Comisión Municipal de Tres Cruces tomará posesión del patrimonio de la ex Comisión Municipal de Mina El Aguilar.

 

ARTÍCULO 3º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial y, previa toma de razón del Tribunal de Cuentas y Contaduría General, archívese.-

 

RICARDO JOSE ALDAO

CORONEL

MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y EDUCACIÓN

 

FERNANDO V. URDAPILLETA

General de Brigada (RE)

GOBERNADOR

 

  1. CARLOS MARTÍN J. BARCENA

MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL

 

FORTUNATO DAHER

MINISTRO DE ECONOMIA

 

 

 

 

 

Sancionada 11/06/1979

Publicado en BO Nº 134 de fecha 23/11/1979