LEY Nº 3639
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 de junio de 1979
EXP. N° 376-S-79.-
VISTO:
Que por Decreto Nº 1017-G-74 fue creada la Comisión Municipal de Mina El Aguilar, y
CONSIDERANDO:
Lo informado por la Dirección de Asuntos Municipales;
Lo propuesto por la Secretaría de Estado de Gobierno y Justicia;
Por todo ello, y de conformidad a lo dispuesto por el apartado 3.1. del artículo 1º de la Directiva Nº 1/77 de la Junta Militar a los Señores Gobernadores de Provincia,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY Nº 3639
ARTÍCULO 1º.- Derógase el Decreto Nº 1017-G-74.
ARTÍCULO 2º.- Por intermedio y con la intervención de la Dirección de Asuntos Municipales, la Comisión Municipal de Tres Cruces tomará posesión del patrimonio de la ex Comisión Municipal de Mina El Aguilar.
ARTÍCULO 3º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial y, previa toma de razón del Tribunal de Cuentas y Contaduría General, archívese.-
RICARDO JOSE ALDAO
CORONEL
MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y EDUCACIÓN
FERNANDO V. URDAPILLETA
General de Brigada (RE)
GOBERNADOR
- CARLOS MARTÍN J. BARCENA
MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL
FORTUNATO DAHER
MINISTRO DE ECONOMIA
Sancionada 11/06/1979
Publicado en BO Nº 134 de fecha 23/11/1979