LEY Nº 3636
SAN SALVADOR DE JUJUY, 6 de junio de 1979
EXP. N° 419-S-79.-
VISTO
Lo actuado en este expediente Nº 419-S-79,caratulado: “SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DE LA PROVINCIA. E/ PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA VENTA EN LICITACIÓN PÚBLICA DE LOS HOTELES DE PROPIEDAD DEL ESTADO”, y en uso de las facultades legislativas conferidas por el artículo 1º -apartado 4.1- de la Instrucción Nº 1/77, de la Junta Militar;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY Nº 3636
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a llamar a licitación pública para la venta del patrimonio que conforman el HOTEL ALTO LA VIÑA, HOTEL TERMAS DE REYES, HOTEL PROVINCIAL DE TILCARA, HOTEL DE TURISMO DE HUMAHUACA y HOTEL PROVINCIAL DE LA QUIACA, de propiedad del Estado Provincial.
ARTÍCULO 2º.- El procedimiento licitatorio se cumplimentará con arreglo a las normas vigentes en la materia.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese -en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas, Contaduría General y pase al Ministerio de Economía a sus efectos.-
RICARDO JOSE ALDAO
CORONEL
MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y EDUCACIÓN
FERNANDO V. URDAPILLETA
General de Brigada (RE)
GOBERNADOR
- CARLOS MARTÍN J. BARCENA
MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL
FORTUNATO DAHER
MINISTRO DE ECONOMIA
Sancionada 06/06/1979
Publicado en BO Nº 134 de fecha 23/11/1979