LEY Nº 3636

SAN SALVADOR DE JUJUY, 6 de junio de 1979

EXP. N° 419-S-79.-

VISTO

Lo actuado en este expediente Nº 419-S-79,caratulado: “SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DE LA PROVINCIA. E/ PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA VENTA EN LICITACIÓN PÚBLICA DE LOS HOTELES DE PROPIEDAD DEL ESTADO”, y en uso de las facultades legislativas conferidas por el artículo 1º -apartado 4.1- de la Instrucción Nº 1/77, de la Junta Militar;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY Nº 3636

ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a llamar a licitación pública para la venta del patrimonio que conforman el HOTEL ALTO LA VIÑA, HOTEL TERMAS DE REYES, HOTEL PROVINCIAL DE TILCARA, HOTEL DE TURISMO DE HUMAHUACA y HOTEL PROVINCIAL DE LA QUIACA, de propiedad del Estado Provincial.

ARTÍCULO 2º.- El procedimiento licitatorio se cumplimentará con arreglo a las normas vigentes en la materia.

 

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese -en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas, Contaduría General y pase al Ministerio de Economía a sus efectos.-

 

RICARDO JOSE ALDAO

CORONEL

MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y EDUCACIÓN

 

FERNANDO V. URDAPILLETA

General de Brigada (RE)

GOBERNADOR

 

  1. CARLOS MARTÍN J. BARCENA

MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL

 

FORTUNATO DAHER

MINISTRO DE ECONOMIA

 

 

 

 

 

Sancionada 06/06/1979

Publicado en BO Nº 134 de fecha 23/11/1979