LEY Nº 3621

SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 de abril de 1979

 

EXP. N° 196-B-78.-

 

VISTO:

Lo actuado en este expediente Nº 196-B-1978, caratulado: “BÁRCENA MARÍA ELSA BUSTAMENTE PÉREZ, CON MOTIVO DEL PROYECTO DE TRASLADO DE LA CARCEL A LOS ALISOS, OFRECE TERRENO DE SU PROPIEDAD, LOTE 48-E-2 de 24 Has. A CAMBIO DEL LOTE 38 Has. 1771 m2. DESGLOSADAS DE LA FRACCIÓN Nº 2 QUE FUERON EXPROPIADOS A SU MADRE”, y en uso de sus facultades legislativas conferidas por el artículo 1º -apartados 4.3 y 4.4.-, de la Instrucción N° 1/77 de la Junta Militar;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 3621

 

ARTÍCULO 1º.- Facúltase al Poder Ejecutivo para que permute una fracción de terreno de 38 Ha. 1771 m2 de superficie, aproximadamente, a desprenderse del sector Este de la Fracción 2 de “Alto Comedero”, distrito Los Alisos, departamento de la Capital, propiedad del Estado Provincial, por un inmueble individualizado como Lote 48-E-2, Padrón A-24.820, que encierra una superficie total de 24 Ha. 486 m2. 2608 cm2., propiedad de la señora MARÍA ELSA BUSTAMANTE PÉREZ DE BÁRCENA, ubicado al igual que el anterior, en “Alto Comedero”, distrito Los Alisos, departamento de la Capital.

 

ARTÍCULO 2º. La diferencia por mayor superficie que surge a favor del Estado Provincial será compensada en dinero de contado por la señora MARÍA ELSA BUSTAMANTE PÉREZ DE BÁRCENA, según los valores fijados por el Tribunal Provincial de Tasaciones y que constan en Acta Nº 5/79.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese -en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas, Contaduría General y pase al Ministerio de Economía a sus demás efectos.-

 

RICARDO JOSE ALDAO

CORONEL

MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y EDUCACIÓN

 

FERNANDO V. URDAPILLETA

General de Brigada (RE)

GOBERNADOR

 

FORTUNATO DAHER

MINISTRO DE ECONOMIA

 

 

Sancionada 23/04/1979

Publicado en BO Nº 129 de fecha 12/11/1979