LEY Nº 3618

 

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de marzo de 1979

EXP. N° 32-S-79.-

VISTO:

El Acta Acuerdo celebrada entre la Provincia y el Consejo Federal de Inversiones, relacionada con la ampliación del Convenio “Desarrollo del Área Bajo Riego del Dique Las Maderas y Río Grande”, y

CONSIDERANDO:

Que es propósito ratificar dicha Acta Acuerdo;

Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el apartado 5.1. del artículo 1º de la Instrucción Nº 1/77 de la Junta Militar;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 3618

 ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Acta Acuerdo celebrada por la Provincia y el Consejo Federal de Inversiones en el mes de diciembre del año 1978, relacionada con la ampliación del Convenio “Desarrollo” del Área Bajo Riego del Dique Las Maderas y Río Grande”, que fuera protocolizada por Escribanía de Gobierno mediante Escritura Nº 6 de fecha 16 de enero del corriente año.

ARTÍCULO 2º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese en forma integral, dése al Registro y Boletín Oficial y, previa toma de razón del Tribunal de Cuentas y Contaduría General, archívese.-

  1. CARLOS MARTÍN JAIME BARCENA

MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL

 

FERNANDO V. URDAPILLETA

General de Brigada (RE)

GOBERNADOR

 

RICARDO JOSE ALDAO

CORONEL

MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y EDUCACIÓN

 

FORTUNATO DAHER

MINISTRO DE ECONOMIA

 

 

 

 

 

 

Sancionada 26/03/1979

Publicado en BO Nº 129 de fecha 12/11/1979