LEY Nº 3618
SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de marzo de 1979
EXP. N° 32-S-79.-
VISTO:
El Acta Acuerdo celebrada entre la Provincia y el Consejo Federal de Inversiones, relacionada con la ampliación del Convenio “Desarrollo del Área Bajo Riego del Dique Las Maderas y Río Grande”, y
CONSIDERANDO:
Que es propósito ratificar dicha Acta Acuerdo;
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el apartado 5.1. del artículo 1º de la Instrucción Nº 1/77 de la Junta Militar;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY Nº 3618
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Acta Acuerdo celebrada por la Provincia y el Consejo Federal de Inversiones en el mes de diciembre del año 1978, relacionada con la ampliación del Convenio “Desarrollo” del Área Bajo Riego del Dique Las Maderas y Río Grande”, que fuera protocolizada por Escribanía de Gobierno mediante Escritura Nº 6 de fecha 16 de enero del corriente año.
ARTÍCULO 2º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese en forma integral, dése al Registro y Boletín Oficial y, previa toma de razón del Tribunal de Cuentas y Contaduría General, archívese.-
- CARLOS MARTÍN JAIME BARCENA
MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL
FERNANDO V. URDAPILLETA
General de Brigada (RE)
GOBERNADOR
RICARDO JOSE ALDAO
CORONEL
MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y EDUCACIÓN
FORTUNATO DAHER
MINISTRO DE ECONOMIA
Sancionada 26/03/1979
Publicado en BO Nº 129 de fecha 12/11/1979