BOLETÍN OFICIAL Nº 132 – 27/11/13

Icon_PDF_6DECRETO Nº 3756-VOT.-

EXPTE. Nº 0200-49/13.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 OCT. 2013.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.-ACEPTASE la transferencia del DOMINIO FIDUCIARIO de los inmuebles individualizados como: Circunscripción 1, Sección 9, Parcela 927, Matricula P-15.064, Padrón P-70.052, Circunscripción 1, Sección 9, Parcela 958, Matrícula P-15.516, Padrón P-70.463, Circunscripción 1, Sección 9, Parcela 909, Matrícula P-14.959, Padrón P-69.965 de Propiedad de la Unión de Personal Civil de la Nación (U.P.C.N) –Seccional Jujuy, ubicados en el Barrio Alto Pálpala, Provincia de Jujuy

ARTICULO 2º.-La transferencia fiduciaria del artículo anterior tendrá como objeto y condición resolutoria la realización por parte del Estado Provincial, a través de la Dirección Provincial de Inmuebles, de la Mensura y Loteo de los Terrenos transferidos conformes las medidas del croquis obrante a fs. 69 y en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 3755 y sus prorrogas, así como de las demás condiciones contenidas en el Acta Acuerdo y su Anexo.-

ARTICULO 3º.- Dispónese que una vez efectuado el Plano de Mensura y Loteo, se restituirán los inmuebles individualizados en el Articulo 1º del presente Decreto a Unión de Personal Civil de la Nación (U.P.C.N.)-Seccional Jujuy, quién asumirá a su cuenta y cargo la construcción de los 443 viviendas como así también la adjudicación a sus afiliados a través de lo mecanismo y requisitos establecidos por el I.V.U.J.-

ARTICULO 4º.- Por Escribanía de Gobierno se extenderá la respectiva escritura traslativa de dominio Fiduciario a favor del Estado Provincial y las condiciones de la restitución a U.P.C.N. –Sección Jujuy.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR