BOLETÍN OFICIAL Nº 133 – 29/11/13
EXPTE. Nº 0400-1203/2013.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 NOV. 2013.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Recházase, por inadmisible, el Reclamo Administrativo Previo (Ley Nº 5238) tentado en autos por el Dr. MIGUEL ÁNGEL IMPERIALE, en nombre y representación del señor OMAR YONI GUTIÉRREZ, DNI Nº 33.758.322, por el cual requiere el pago de una indemnización compensatoria por diferencia salariales y daño moral derivados del atraso en el ascenso o frustración parcial de la carrera policial.
ARTICULO 2º.- Dispónese que, previa recaratulación de autos, se giren los obrados a la Policía de la Provincia a efectos del tratamiento del planteo formulado a fs. 01/02, conforme el procedimiento marcado por la Ley Nº 1886/48.
ARTICULO 3º.- Por Secretaría General de la Gobernación, notifíquese al presentante de los términos del presente ordenamiento.
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR