BOLETÍN OFICIAL Nº 135 – 04/12/13

Icon_PDF_6DECRETO ACUERDO N° 3604-S.-

EXPTE. Nº 700-941-2013.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 OCT. 2013.-

VISTO:

Los Decretos Acuerdos 517-S-2008 y su modificatoria 3402-S/13 y;

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Acuerdo Nº 517-S-2008 se establecen los niveles de criticidad y los porcentajes para la determinación del cálculo del adicional;

Que, por decreto Nº 3402-S-2013 se sustituye el punto A) del Anexo II del Decreto Acuerdo 517-S-2008 modificándose el cómputo del Adicional por Tareas Criticas a partir del 01 de Agosto de 2013,

Que, el Consejo Provincial de Salud creado por Decreto 3395-S-2013 eleva un petitorio en el cual se requiere la adecuación nuevamente de los porcentajes reconocidos en el decreto 3402-S-2013 como instrumento idóneo para reconocer la prestación de las tareas definidas como criticas.

Que, es voluntad del Poder Ejecutivo provincial modificar los porcentajes previstos en el Decreto Acuerdo Nº 517-S-2008 y su modificatoria en conformidad a lo peticionado por el Consejo Provincial de Salud para las tareas consideradas críticas;

Por todo ello y en uso de las facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.Sustitúyase, el Artículo 1º del Decreto Acuerdo 3402-S-2013, por el siguiente: ANEXO II

CLASIFICACIÓN DE TAREAS CRÍTICAS

COMPUTO DEL ADICIONAL PARA TAREAS CRÍTICAS

Categoría Adicional (Porcentaje del Haber Remunerativo Bonificable)

  • 80%
  • 60%
  • 40%
  • 18%

1                  12%

ARTICULO 2°.-Autorizar a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar las modificaciones y previsiones presupuestarias necesarias a los fines establecidos en el presente ordenamiento.

ARTICULO 3°.-Las disposiciones del presente Decreto Acuerdo rigen con retroactividad al 1 de Septiembre de 2013.

ARTICULO 4°.-Previa toma de Razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a Contaduría de la Provincia, Direcciones Provinciales de Personal y Presupuesto y Ministerio de Salud a sus efectos, Cumplid, archívese.

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR