BOLETÍN OFICIAL Nº 125 – 07/11/16
Adenda de Contratos de Transferencia de Cuotas Sociales: En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, República Argentina a los 23 días del mes de noviembre de 2015 comparecen en este acto el Sr. José María Décima, argentino DNI Nº 13.066.315, de estado civil soltero, de Profesión Farmacéutica, MP Nº 377 con domicilio real en Mateo Nº 425 de la ciudad de San Pedro de Jujuy, Provincia de Jujuy; estado civil soltero, la Sra. Laura Patricia Fosati, argentina, DNI Nº 28.646.224, de estado civil soltera, de Profesión Farmacéutica, MP Nº 372 domiciliada en calle Mercedes de Rubianes Nº 136 Bº Los Perales de la ciudad de San Salvador de Jujuy, estado civil soltera; Sra. Roxana Soledad Barrales argentina DNI N° 31.036.051 CUIL 27-31036051-7, de estado civil soltera, de Profesión Farmacéutica, M.P. Nº 425, soltera con domicilio en calle Rio Bamba Nº 319 Dpto. “C” del Barrio Coronel Arias de la ciudad de San Salvador de Jujuy, y la Sra. Paula Anabela Rivero DNI Nº 29.790.752, argentina, de estado civil soltera de profesión Farmacéutica, M.P. Nº 431 domiciliada en Pasaje Casanova Nº 1347, Bº Bajo La Viña, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, y los Sres. Roberto Canevari DNI Nº 16.744.543 CUIL N° 20-16744543-9, argentino, de estado civil casado, de profesión Contador Público Nacional, con domicilio en calle 23 de Agosto Nº 22 de la Ciudad de Monterrico, y Miguel Ángel Galo DNI Nº 13.019.153 CUIL N° 20-13.019.153-9, argentino, de estado civil casado, de Profesión Médico Cirujano domiciliado en calle 23 de Agosto Nº 97 de la Ciudad de Monterrico y dicen que viene a consignar y rectificar los datos filiatorios realizados en los contratos de Transferencia de cuotas sociales realizados a entre Laura Patricia Fosati a favor de José María Décima, de éste a favor de Roxana Soledad Barrales y de ésta última a favor Paula Anabela Rivero en los Contrato de Cesión de Cuotas Sociales y a conformar los requisitos del art. 10 inc. a de la Ley 19550.- De común acuerdo las partes autorizan en forma expresa a la Dra. Amalia Beatriz Pigino, para efectuar las gestiones tendientes a inscribir el presente contrato de cesión de cuotas sociales en el Registro Público de Comercio de la ciudad de San Salvador de Jujuy, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción que les pudiera corresponder.- Para constancia y de conformidad se firman 4 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 23 días del mes de noviembre de 2015.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 03 Noviembre de 2016.-
MARTA ISABEL CORTE
P/ HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO
07 NOV. LIQ. Nº 124390 $130,00.-