BOLETÍN OFICIAL Nº 125 – 07/11/16

Contrato de Transferencia de Cuotas Sociales: Entre Roxana Barrales a favor de Paula Anabela Riveros En la Ciudad de Monterrico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, a los veintiocho días del mes de Marzo del año dos mil Catorce, comparecen en este acto el Sra. Roxana Soledad Barales, D.N.I. Nº 31.036.051 de Profesión Farmacéutica, MP Nº 425 domiciliada en calle Río Bamba Nº 319, Departamento “C”, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy y la Sra. Paula Anabela Riveros D.N.I. 29.790.752 de Profesión Farmacéutica, MP Nº 431 domiciliada en Pasaje Casanova Nº 1347, Bº Bajo La Viña, de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, el Sr. Roberto Canevari DNI Nº 16.744.543 con domicilio en calle 23 de Agosto Nº 22 de la Ciudad de Monterrico, y por último el Sr. Miguel Ángel Galo DNI Nº 13.019.153  de Profesión  Médico Cirujano domiciliado en calle  23 de Agosto Nº 97 de la Ciudad de Monterrico y dicen que vienen a formalizar el presente contrato de Cesión de Cuotas Sociales de acuerdo a las siguientes Cláusulas: Primera: La señora Roxana Soledad Barrales, Roberto Canevari, y Miguel Ángel Galo constituyeron mediante Contrato Privado de Transferencia de Cuotas Sociales, certificadas las firmas en igual fecha por ante la escribana Claudia González, Titular del Registro Nº70, con asiento en la Ciudad de Monterrico, la Sociedad en Comandita Simple denominada “FARMACIA CUMBRE S.C.S.” con domicilio social en calle 23 de Agosto Nº 22 de la ciudad de Monterrico de ésta Provincia, cuyo Capital asciende a la suma de Pesos Once Mil ($11.000.-) y fue totalmente suscripto e integrado por los nombrados socios.- Segunda La señora Roxana Barrales por este acto CEDE Y TRANSFIERE A TÍTULO DE VENTA a favor de la Sra. Paula Anabela Rivero la parte de interés de Capital Comanditado por el valor nominal Pesos Doscientos ($200,00) que le corresponde, sirviendo el presente de suficiente recibo de pago.- Tercera: La Sra. Paula Anabela Rivero en su carácter de adquiriente, acepta esta cesión agregando que declara conocer y aceptar la documentación social de la que surge la exacta situación económica financiera-patrimonial de la sociedad a la fecha del presente contrato, como así también el contrato social y sus modificatorias, cuyos textos ratifica expresamente.- Cuarta: De común acuerdo las partes autorizan en forma expresa a la Dra. Amalia Beatriz Pigino, para efectuar las gestiones tendientes a inscribir el presente contrato de cesión de cuotas sociales en el Registro Público de Comercio de la ciudad de San Salvador de Jujuy, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción que les pudiera corresponder.- Para constancia y de conformidad se firman 4 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Monterrico, Provincia de Jujuy, a los veintiocho días del mes de Marzo del año Dos mil Catorce. ESC. CLAUDIA ALICIA GONZÁLEZ TIT. REG. Nº 70 – MONTERRICO-JUJUY.-

 

Ordenese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 03 Noviembre de 2016.-

MARTA ISABEL CORTE

P/ HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

 

07 NOV. LIQ. Nº 124390 $130,00.-