BOLETÍN OFICIAL Nº 138 – 11/12/13

Icon_PDF_6LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

Ley nº 5797

ARTICULO 1º.-Apruébase el Convenio Marco de Cooperación MECyT Nº 843/05 suscripto entre el Instituto Nacional de Educación Tecnológica del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación y el entonces Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación de la Provincia de Jujuy, celebrado el 19 de Diciembre de 2005 y refrendado por Decreto Nº 7069-G-06.-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de Noviembre de 2013.-

Dr. Jorge Oscar Rodríguez

Secretario Parlamentario

Dr. Guillermo Raúl Jenefes

Presidente

Legislatura de Jujuy

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. Nº 200-384/2013.-

CORRESP. A LEY Nº 5797.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 DIC. 2013.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Jefatura de Gabinete de Ministros, Ministerio de Educación,  y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.-

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR