BOLETÍN OFICIAL Nº 140 – 16/12/13
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 5800
“DE ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL Nº 26.688”
ARTICULO 1.-Adhiérase la Provincia de Jujuy en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 26.688, que Declara de Interés Nacional la Investigación y Producción Pública de Medicamentos, Materias Primas para la Producción de Medicamentos, Vacunas y Productos Médicos.-
ARTICULO 2.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de Noviembre de 2013.-
Dr. Jorge Oscar Rodríguez
Secretario Parlamentario
Dr. Guillermo Raúl Jenefes
Presidente
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE. Nº 200-387/2013.-
CORRESP. A LEY Nº 5800.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 DIC. 2013.-
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Jefatura de Gabinete de Ministros, Ministerio de Salud y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR