LEY Nº 3559

SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de agosto de 1978

EXPTE. N° 2717-C-77.

VISTO:

Que el Estado Provincial ha donado oportunamente, al “Círculo de Apoyo a la Labor Forense”, un predio con destino a la realización de construcciones e instalaciones, cuya individualización obra en estas actuaciones;

Que ante el incumplimiento por parte de la persona jurídica nombrada, de la mencionada condición impuesta a la donación, declarado por la propia donataria y a su pedido, se dicta el Decreto Nº 3953-H-78, por el que se revoca la anterior donación y se transfiere el mencionado predio, con los mismos fines, al Colegio de Abogados de Jujuy, y

CONSIDERANDO:

Que es menester proceder a la Escrituración del terreno; Que siendo el mismo un “espacio verde” y perteneciendo por tanto al dominio público, es necesario proceder a su desafectación de tal dominio;

Que por si ello fuera necesario, la propietaria del loteo en el cual se halla enclavado el mencionado espacio verde, ha manifestado su expreso consentimiento para que se efectúe la desafectación de que se trata;

Que el apartado 2.3 del Art. 1º de la Directiva Nº 1/77 de la Junta de Comandantes, faculta al Gobierno Provincial a sancionar la Ley respectiva.

Por todo ello, y en uso de las facultades legislativas otorgadas por la Junta Militar, y de conformidad a lo dispuesto por el apartado 2.3 del Artículo 1º de la Directiva Nº 1/77 de la mencionada Junta Militar;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY Nº 3559

 ARTÍCULO 1º.- Desaféctase del Dominio Público del Estado Provincial el inmueble ubicado en San Pablo de Reyes, individualizado como Espacio Verde, según Plano de Loteo aprobado por Decreto Nº 1.407-H-1964, el que se encuentra catastrado bajo Padrón A-26.218 a los efectos de su escrituración al Colegio de Abogados de Jujuy.

 

ARTÍCULO 2º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese en forma integral, dése al Registro y Boletín Oficial y, previa toma de razón del Tribunal de Cuentas, archívese.-

 

FORTUNATO DAHER

Ministro de Hacienda

Economía y Obras Públicas

 

FERNANDO V. URDAPILLETA

General de Brigada (RE)

GOBERNADOR

 

 

Sancionada 22/08/1978

Publicado en BO Nº 122 de fecha 18/10/1978