BOLETÍN OFICIAL Nº 125 – 07/11/16

DECRETO Nº 1738-ISPTyV/2016.-

EXPTE Nº 0615-1861/15.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 JUL .2016.-

VISTO:

Las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la incorporación  de personal contratado a la Planta Permanente de la Administración  Pública Provincial en el marco de la Ley Nº 5749/12; y  Ley 5835/14; y

CONSIDERANDO:

Que, atento la vigencia del Decreto Acuerdo Nº 2000-G-2013, el agente Antonio Humberto COLINAS, ha cumplimentado con la documentación solicitada y los requisitos de los Artículos 4º y 5º de la mencionada normativa legal;

Que, obra a fs.5/7 los antecedentes que acreditan cinco (5) años de prestación de servicios continuos y efectivos al 31 de diciembre de 2013.-

Que, obra en autos informe técnico de competencia de la Dirección Provincial de Personal a fs. 36/39, dictamen de Asesoría Legal del Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy a fs. 74/75, compartido por Fiscalía de Estado en fs. 78,  y lo informado por la Dirección Provincial de Presupuesto a fs. 82.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-Modificase la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización G-2 Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, dependiente de la Jurisdicción “G” Organismo Descentralizados, como se detalla a continuación:

CREÁSE: PERSONAL DE ESCALAFÓN  GENERAL-Ley Nº 3161/1974

CARGO: 1   CATEGORÍA:2

ARTICULO 2º.-Designase en el cargo Categoría 2, Agrupamiento Administrativo, Personal de Escalafón General, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “G” Organismo Descentralizados, Unidad de Organización G-2 del Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, al Señor Antonio Humberto COLINAS, CUIL Nº 20-24761408-8, a partir de la fecha del presente Decreto.-

ARTICULO 3º.-Lo dispuesto en el presente Decreto se atenderá con las respectivas partidas de Gasto en Personal 01-01-01-01-00 PLANTA PERMANENTE, para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo de créditos que corresponda  tomando fondos de la  partida 01-01-01-02-01-22 Regularización Personal Ley Nº 5749/12 y Ley Nº  5835/14  correspondiente a la Unidad de Organización G-2 Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, dependiente de la Jurisdicción donde el Presupuesto General vigente prevé ambas partidas presupuestarias.-

ARTICULO 4º.-Como consecuencia de lo anteriormente dispuesto y en virtud de la previsiones de la Ley Nº 5749, queda rescindido el Contrato de Locación de Servicios en el cargo categoría 1 del Escalafón General suscripto oportunamente entre el Estado Provincial y el agente Antonio Humberto COLINAS.-

ARTICULO 5º.-El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 6º.-Previa toma intervención de Fiscalía de Estado y Toma de razón de Tribunal de Cuentas, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios, Públicos, Tierra y Vivienda. Dese a Boletín Oficial, para publicación – en forma sintética. Pase a Contaduría de la Provincia, Dirección de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal, Instituto de vivienda y Urbanismo de Jujuy. Cumplido, archívese.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR