LEY Nº 3502
SAN SALVADOR DE JUJUY, 3 de febrero de 1978
EXPTE. Nº 65-G-78.-
VISTO:
Las gestiones promovidas por el Ministerio de Bienestar Social y encaminadas para que se introduzcan algunas modificaciones en la Ley de Presupuesto Nº 3380-77 por resultar necesaria la adecuación de cargos de la planta permanente de personal de distintas dependencias de la Subsecretaría de Salud Pública, y en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por el Artículo 5º de la Instrucción Nº 1/1976 de la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY Nº 3502
ARTICULO 1º.- Transfiérese un cargo Categoría 20-44 hs. D.E. –Unidad de Organización 2-B-11- Hospital Dr. Oscar Orías, a la Unidad de Organización 2-B-15- Hospital Belgrano.
ARTICULO 2º.- La erogación que demande la presente adecuación de cargos se atenderá con la partida específica de cada Unidad de Organización.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese –en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial; tomen razón Tribunal de Cuentas y Contaduría General y pase al Ministerio de Bienestar Social, cumplido, archívese.-
JULIO M. COSTA PAZ
Ministro de Hacienda
Economía y Obras Públicas
FERNANDO V. URDAPILLETA
General de Brigada (RE)
GOBERNADOR
- IGNACIO RAMON PEÑA
Ministro De Bienestar Social
Interino de Gobierno
Sancionada 03/02/1978
Publicado en BO Nº 34 de fecha 20/03/1978