LEY Nº 3502

 

 

 

SAN SALVADOR DE JUJUY, 3 de febrero de 1978

 

EXPTE. Nº 65-G-78.-

 

VISTO:

Las gestiones promovidas por el Ministerio de Bienestar Social y encaminadas para que se introduzcan algunas modificaciones en la Ley de Presupuesto Nº 3380-77 por resultar necesaria la adecuación de cargos de la planta permanente de personal de distintas dependencias de la Subsecretaría de Salud Pública, y en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por el Artículo 5º de la Instrucción Nº 1/1976 de la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 3502

ARTICULO 1º.- Transfiérese un cargo Categoría 20-44 hs. D.E. –Unidad de Organización 2-B-11- Hospital Dr. Oscar Orías, a la Unidad de Organización 2-B-15- Hospital Belgrano.

 

ARTICULO 2º.- La erogación que demande la presente adecuación de cargos se atenderá con la partida específica de cada Unidad de Organización.

 

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese –en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial; tomen razón Tribunal de Cuentas y Contaduría General y pase al Ministerio de Bienestar Social, cumplido, archívese.-

 

JULIO M. COSTA PAZ

Ministro de Hacienda

Economía y Obras Públicas

 

FERNANDO V. URDAPILLETA

General de Brigada (RE)

GOBERNADOR

 

  1. IGNACIO RAMON PEÑA

Ministro De Bienestar Social

Interino de Gobierno

 

 

 

 

Sancionada 03/02/1978

Publicado en BO Nº 34 de fecha 20/03/1978