BOLETÍN OFICIAL Nº 143 – 23/12/13
EXPTE. Nº 500-466-2013.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 AGO. 2013.-
VISTO:
La Ley Nº 4.307 y el artículo 16 inciso e) de la Ley Nº 5.756 y;
Por ello, y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruébase, a partir del 1º de agosto de 2013, la nueva Escala Salarial del personal de la Policía de la Provincia y Dirección General del Servicio Penitenciario, en los importes y con el alcance que se establecen en los Anexos I y II, respectivamente, del presente Decreto- Acuerdo, conforme lo expresado en el exordio
ARTICULO 2º.-Déjase establecido que lo dispuesto será de aplicación a los efectos de la movilidad del haber de retiros y pensiones derivadas de los mismos, por las razones expuestas en el exordio, debiéndose a tal efecto observar lo previsto en el Artículo 26 de la Ley Nº 3.759.
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR