LEY Nº 4498

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 4498

 

DE DESAFECTACION DEL LOTE 8 DE LA MANZANA 60 DEL BARRIO LUJAN – CAPITAL

ARTICULO 1º.- Desaféctese de la declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación a que por Ley Nº 4112 estaba sometido el bien inmueble individualizado como Lote 8 de la manzana 60, padrón A-31 931, ubicado en Barrio Luján de esta Capital, por encontrarse dicho bien cumpliendo la función social propuesta por la norma jurídica citada.-

 

ARTICULO 2º.- Comunícase el poder Ejecutivo, con remisión de las actuaciones administrativas individualizadas como Expte. Nº 705-G-86, caratulado:  “Gutiérrez, Luis Rubén s/la desafectación del inmueble se su propiedad afectado erróneamente por la Ley de Expropiación”, etc..-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de enero de 1990.-

 

LUIS ANTONIO WAYAR

Secretario Administrativo

A/C Secretaría Parlamentaria

Legislatura de la Provincia

 

GUILLERMO EUGENIO SNOPEK

Diputado

Vice-Presidente 1º

A/C de la Presidencia

Legislatura de la Provincia