LEY Nº 4498
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 4498
DE DESAFECTACION DEL LOTE 8 DE LA MANZANA 60 DEL BARRIO LUJAN – CAPITAL
ARTICULO 1º.- Desaféctese de la declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación a que por Ley Nº 4112 estaba sometido el bien inmueble individualizado como Lote 8 de la manzana 60, padrón A-31 931, ubicado en Barrio Luján de esta Capital, por encontrarse dicho bien cumpliendo la función social propuesta por la norma jurídica citada.-
ARTICULO 2º.- Comunícase el poder Ejecutivo, con remisión de las actuaciones administrativas individualizadas como Expte. Nº 705-G-86, caratulado: “Gutiérrez, Luis Rubén s/la desafectación del inmueble se su propiedad afectado erróneamente por la Ley de Expropiación”, etc..-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de enero de 1990.-
LUIS ANTONIO WAYAR
Secretario Administrativo
A/C Secretaría Parlamentaria
Legislatura de la Provincia
GUILLERMO EUGENIO SNOPEK
Diputado
Vice-Presidente 1º
A/C de la Presidencia
Legislatura de la Provincia