LEY N° 5142
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 5142
DE REQUERIMIENTO DE ENAJENAMIENTO DE LOTEO FISCAL DE LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN
ARTICULO 1º.– Dispónese el reordenamiento del loteo fiscal establecido por las Leyes Nº 5029 (De restitución de tierras para loteo fiscal y para construcción de viviendas) y Nº 5060 (Modificadora y Complementaria de la Ley Nº 5029).
ARTICULO 2º.- Los lotes fiscales de las Manzanas 420, 421, 422, 423, 424, 425, 426, 427, 428, 429, 430, 431, 432, 433, 434 y 435 del lote 551 – Padrón 12.073 ubicados en la localidad de Libertador General San Martín, departamento Ledesma, serán destinados para Loteo Fiscal. , conforme lo dispuesto en las Leyes Nros. 5029 y 5060.
ARTICULO 3º.- Los lotes fiscales. de las Manzanas 420, 424, 425, 430 y 431 deberán ser entregados a las familias’ que se encuentran instaladas precariamente y cumplen con los recaudos establecidos por la Ley de Tierras Fiscales Nº 3169
ARTICULO 4º.- La Manzana 384 será transferida al Ministerio de Educación y
Cultura de la Provincia para la construcción de un establecimiento escolar.
ARTICULO 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial. –
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 de Julio de 1999.-
EDUARDO VICTOR CAVADINI
SECRETARIO PARLAMENTARIO
LEGISLATURA DE JUJUY
Ing HECTOR RUBEN DAZA
VICEPRESIDENTE
a/c de PRESIDENCIA
LEGISLATURA DE JUJUY
Sancionada 08/07/1999
Publicado en BO Nº 92 de fecha 09/08/1999