LEY N° 5142

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY N° 5142

 

DE REQUERIMIENTO DE ENAJENAMIENTO DE LOTEO FISCAL DE LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN

 

ARTICULO 1º. Dispónese el reordenamiento del loteo fiscal establecido por las Leyes Nº 5029 (De restitución de tierras para loteo fiscal y para construcción de viviendas) y Nº 5060 (Modificadora y Complementaria de la Ley Nº 5029).

ARTICULO 2º.- Los lotes fiscales de las Manzanas 420, 421, 422, 423, 424, 425, 426, 427, 428, 429, 430, 431, 432, 433, 434 y 435 del lote 551 – Padrón 12.073 ubicados en la localidad de Libertador General San Martín, departamento Ledesma, serán destinados para Loteo Fiscal. , conforme lo dispuesto en las Leyes Nros. 5029 y 5060.

ARTICULO 3º.- Los lotes fiscales. de las Manzanas 420, 424, 425, 430 y 431 deberán ser entregados a las familias’ que se encuentran instaladas precariamente y cumplen con los recaudos establecidos por la Ley de Tierras Fiscales Nº 3169

ARTICULO 4º.- La Manzana 384 será transferida al Ministerio de Educación y

Cultura de la Provincia para la construcción de un establecimiento escolar.

ARTICULO 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial. –

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 de Julio de 1999.-

 

EDUARDO VICTOR CAVADINI

SECRETARIO PARLAMENTARIO

LEGISLATURA DE JUJUY

 

Ing HECTOR RUBEN DAZA

VICEPRESIDENTE

a/c de PRESIDENCIA

LEGISLATURA DE JUJUY

 

 

 

Sancionada 08/07/1999

Publicado en BO Nº 92  de fecha 09/08/1999