LEY N° 4453

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY N° 4453

ARTICULO 1°.- Apruébase en todas sus partes el CONVENIO celebrado con fecha 23 junio de 1988, entre el Gobierno de la Provincia de Jujuy y la Secretaría de Minería de la Nación, mediante el cual ambas partes establecen la conformación de grupos de trabajo para las evaluaciones de proyectos seleccionados, y la búsqueda de proyectos mineros, con el propósito de crear mejores condiciones para el desarrollo minero, acorde con el potencial natural de la Provincia, optimizando para ello la utilización de los recursos humanos y materiales con que cuentan los Estados respectivos.-

 

ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 de setiembre de 1989.-

 

Esc. JULIO FRIAS

Secretario Parlamentario

Legislatura de la Pcia.

 

HUASCAR EDUARDO ALDERETE

Presidente

Legislatura de la Pcia.

 

Sancionada 20/09/1989

Publicado en BO Nº 48 de fecha 11/05/1990