LEY Nº 4436

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 4436

 

ARTICULO 1°.- Desaféctase del dominio público del Estado Provincial, con el objeto de regularizar la situación de actuales ocupante y por razones de índole social que así lo justifican, la Manzana 18 individualizada como “Plaza”, Padrón A-47411, ubicada en Villa Elisa – Alto Chijra de esta ciudad resultante del Plano de Loteo aprobado por Decreto Nº 5885-H-58.

 

ARTICULO 2°.- La desafectación tiene por objeto la transferencia de los predios a las personas que han resultado afectadas por inundaciones en los terrenos correspondientes a la Manzana 14.

 

ARTICULO 3°.- Incorpórase al dominio público del Estado Provincial la fracción de terreno individualizado como Manzana 14, que fuera aprobada por Decreto Nº 5885-H-58, ubicada en Villa Elisa – Alto Chijra de esta ciudad, con destino a “Plaza”.-

 

ARTICULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 de mayo de 1989.-

 

LUIS ANTONIO WAYAR

Secretario Administrativo

a/c Secretaria Parlamentaria

Legislatura de la Pcia.

 

WASHINGTON JESUS CRUZ

Diputado

vice-presidente 1º

Legislatura de Jujuy

Sancionada 31/05/1989

Publicado en BO Nº 63A de fecha 02/06/1989