LEY Nº 4436
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 4436
ARTICULO 1°.- Desaféctase del dominio público del Estado Provincial, con el objeto de regularizar la situación de actuales ocupante y por razones de índole social que así lo justifican, la Manzana 18 individualizada como “Plaza”, Padrón A-47411, ubicada en Villa Elisa – Alto Chijra de esta ciudad resultante del Plano de Loteo aprobado por Decreto Nº 5885-H-58.
ARTICULO 2°.- La desafectación tiene por objeto la transferencia de los predios a las personas que han resultado afectadas por inundaciones en los terrenos correspondientes a la Manzana 14.
ARTICULO 3°.- Incorpórase al dominio público del Estado Provincial la fracción de terreno individualizado como Manzana 14, que fuera aprobada por Decreto Nº 5885-H-58, ubicada en Villa Elisa – Alto Chijra de esta ciudad, con destino a “Plaza”.-
ARTICULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 de mayo de 1989.-
LUIS ANTONIO WAYAR
Secretario Administrativo
a/c Secretaria Parlamentaria
Legislatura de la Pcia.
WASHINGTON JESUS CRUZ
Diputado
vice-presidente 1º
Legislatura de Jujuy
Sancionada 31/05/1989
Publicado en BO Nº 63A de fecha 02/06/1989