BOLETÍN OFICIAL Nº 124 – 04/11/16
DRA. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS, JUEZ EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 6, SECRETARIA N° 11, en el Expte. N° C-020928/14, caratulado: “EJECUTIVO: SOTO SEBASTIAN ALEJANDRO C/ ALTAMIRANO NARVAEZ TOMAS”, hace saber por este medio al Sr. ALTAMIRANO NARVAEZ TOMAS que en los autos de referencia se ha dictado el siguiente decreto de fs. 96 y sentencia de fs. 71/72: Decreto de fs. 96: ¨SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 de agosto de 2016.-…Proveyendo al escrito que antecede: Atento lo solicitado y no siendo posible determinar el domicilio del accionado Sr. TOMAS ALTAMIRANO NARVAEZ a pesar de las reiteradas gestiones llevadas a cabo en la presente causa, notifíquese al demandado lo dispuesto a fs.71/72 mediante edictos en el Boletín Oficial y un diario local TRES VECES en CINCO DIAS, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos (Art. 162 del C.P.C), a cuyo cargo será la confección del mismo.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dra. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS – Juez. Ante mí: Dra. MARIA SUSANA ZARIF- Secretaria.- Sentencia de fs. 71/72: ¨SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de mayo de 2016.-AUTOS Y VISTOS:… CONSIDERANDO:… RESUELVE: 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por SEBASTIAN ALEJANDRO SOTO en contra de TOMAS ALTAMIRANO NARVAEZ, hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de PESOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA ($24.980) con más los intereses pactados a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte Nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), desde la mora (fecha de vencimiento del pagare), y hasta su efectivo pago, y con mas los punitorios equivalente al 50% de la tasa mencionada. 2º) Imponer las costas a la parte demandada vencida (Art. 102 del C.P.C). 3º) Regular los honorarios profesionales del letrado interviniente Dr. MARTIN MODENA, en la suma de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS ($3.672) por su actuación en el doble carácter, importe que devengará un interés igual a la tasa consignada para el capital, desde igual época hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere, a excepción de los intereses punitorios de conformidad a la doctrina del S.T.J., sentada en L.A. Nº 58 Fº 2005/2007 Nº 570.- 4º) Notificar por Cédula y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art.154 del C.P.C.). 5º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber. Fdo. Dra. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS -Juez. Ante mí: Dra. ADELA FERNANDA SALAVERON -Pro-Secretaria por Habilitación.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación en la Provincia TRES VECES EN CINCO DIAS. SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de Septiembre de 2.016.-
02/04/07 NOV. LIQ. N° 124350 $270,00.-