BOLETÍN OFICIAL Nº 3 – 08/01/14
EXPTE. Nº 500-469-2013.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 AGO. 2013.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Dispónese, a partir del 1º de agosto de 2013 a favor del personal de la Administración Pública Provincial centralizada comprendidos en el Escalafón General Ley Nº 3.161, profesionales comprendidos en las leyes Nº 4.413 y Nº 4.135, personal del ex I.P.P.S., las siguientes medidas salariales, teniendo en cuenta a tal efecto lo dispuesto en el exordio del presente: un incremento del 5% sobre: -Los conceptos Remunerativo Bonificables. -El Adicional Remunerativo Bonificable previsto en el Decreto-Acuerdo Nº 6362-H-06.- Los Adicionales Remunerativos No Bonificables.- El Adicional No Remunerativo Bonificable.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR