LEY Nº 1992

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1992
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a incluír a la Comisión
Municipal de la Esperanza Departamento de San Pedro, en los alcances
del artículo 3º de la Ley Nº 1975.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, JUJUY, 20 de Julio de 1949.-
MARCOS R. PAZ JUAN JOSE CASTRO
Prosecretario Presidente