BOLETÍN OFICIAL Nº 14 – 03/02/14
EXPTE. Nº 516-467-2012.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 ENE. 2014.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruébese el Plano de MENSURA DE FRACCIÓN Y ANTEPROYECTO DE LOTEO, sobre el inmueble ubicado en el Bº Alto Comedero, Departamento Dr. M. Belgrano, Individualizado como Padrón A-73754, Circunscripción 5, Sección 2, Parcela 1037, Matricula A-43017, de propiedad de Perovic Pablo Gustavo, Perovic Sergio Adolfo, Perovic Cecilia Leonor, Perovic Federico José y Leonor Noemí Rivas Baigorri de Perovic (usufructo).-
ARTICULO 2º.- La aprobación del presente fraccionamiento es al solo efecto de su registración en la Dirección General de Inmuebles bajo la completa responsabilidad técnica del profesional actuante.-
ARTICULO 3º.- Aceptase las donaciones de los espacios reservados para uso público agregada a fs. 50/51 y que surgen del Plano que por este acto se aprueba, según exigencias de la Ley 2903/72, consecuentemente por Escribanía de Gobierno se tramitara mediante el dpto. Registro Inmobiliario las inscripciones correspondientes atentas a lo establecido en el Artículo 1810 del Código Civil.-
ARTICULO 4º.- Hágase constar que para la aprobación del proyecto definitivo deberá presentar el Certificado de dominio del predio a fraccionarse otorgado por el Registro Inmobiliario sin Gravámenes.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR