LEY N° 4372
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 4372
DE DESAFECTACION DE UNA FRACCIÓN DE TERRENO DEL DOMINIO PUBLICO PROVINCIAL EN SAN PEDRO DE JUJUY PARA SER TRASFERIDO AL MUNICIPIO DE ESA CIUDAD
ARTICULO 1°.- Desaféctase del dominio público del Estado Provincial una fracción de terreno de 1.220,48 m2 que corresponde al superficie de espacio verde ubicado en Barrio Santa Rosa, Departamento San Pedro de Jujuy, según plano de mensura de desafectación de espacio verde aprobado por Resolución N° 130 de la Dirección General de Inmuebles de fecha 14 de julio de 1987.
ARTICULO 2°.- De la superficie desafectada por el artículo 1° de la presente Ley, transfiérese a la Municipalidad de San Pedro de Jujuy dicha fracción de terreno individualizada como Lote N° 13 de la Manzana 57, Padrón D-12538, inscripto a los Folios 187, 189 del Libro 21 de San Pedro, con una superficie de 1.220,48 m2.
ARTICULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de setiembre de 1988.-
JULIO FRIAS
Secretario Parlamentario
Legislatura de la Provincia
WASHINGTON JESUS CRUZ
Diputado
Vice – Presidente 1°
A/C Presidencia
Legislatura de la Provincia
Sancionada 22/09/1988
Publicado en BO Nº 149 de fecha 28/12/1988