LEY Nº 3447
SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de Setiembre de 1977.-
VISTO:
El exiguo saldo con que cuenta a la fecha la partida presupuestaria “Crédito Adicional para financiar Erogaciones Corrientes”, de la Unidad de Organización 1-Ministerio, perteneciente a la Jurisdicción “D”, Ministerio de Hacienda, Economía y Obras Públicas, y
CONSIDERANDO:
Que las distintas Unidades de Organización que componen la Administración Pública Provincial elevan reiteradas solicitudes de refuerzo de partidas;
Que el monto ingresado al rubro “Eventuales” supera lo estimado en el Cálculo de Recursos para el presente ejercicio;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY Nº 3447
ARTICULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de acuerdo con el detalle practicado en los siguientes artículos.
ARTICULO 2º.- Increméntase el Cálculo de Recursos de la siguiente manera:
CONCEPTO IMPORTE
1-RECURSOS CORRIENTES $100.000.000.-
1-De Jurisdicción Provincial $100.000.000.-
2-No Tributarios $100.000.000.-
4-Otros $100.000.000.-
6-Eventuales $100.000.000.-
ARTICULO 3º.- Increméntase el Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Provincial de acuerdo con el siguiente resumen: Concepto Importe
JURISDICCIÓN “D” MINISTERIO DE HACIENDA, ECONOMIA
Y OBRAS PUBLICAS
- de O.: 1-Ministerio
Finalidad y Función: 9-1 Gastos a Clasificar
(A Clasificar por Distribución)
Sección: 1-Erogaciones Corrientes $100.000.000.-
Sector: 4-A CLASIFICAR $100.000.000.-
Part. Ppal.: 6-CREDITO ADICIONAL PARA FINANCIAR
EROGACIONES CORRIENTES $100.000.000.-
- a) Para refuerzo de Erogaciones
Corrientes $100.000.000.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese –en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas, Contaduría General y archívese.-
MARIO A. LOPEZ IRIARTE
Ministro De Gobierno, Justicia Y
Educación
FERNANDO V. URDAPILLETA
General de Brigada (RE)
GOBERNADOR
JUAN M. COSTA PAZ
Ministro De Hacienda, Economía y
Obras Publicas
- IGNACIO RAMON PEÑA
Ministro De Bienestar Social
RICARDO JOSE ALDAO
Ministro de Coordinación
y Planeamiento
Sancionada 22/09/1977
Publicado en BO Nº 141 de fecha 05/12/1977