LEY N° 4371

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY N° 4371

DE EXPROPIACIÓN DEL TERRENO UBICADO EN FINCA LA CONSTANCIA, DEPARTAMENTO EL CARMEN – DESTINADO A LA EJECUCION DE UNA REPRESA

ARTICULO 1°.- Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble que se identifica como Lote 660, Matrícula B-9394, ubicado en Finca La Constancia, Departamento El Carmen, con una superficie de 1 Ha. 7.664 m2, de propiedad de LEOPOLDO CARLOS FIGUEROA SERREY , JUAN MANUEL FIGUEROA SERREY, MARCELA FIGUEROA SERREY DE LEE (NUDOS PROPIETARIOS) Y  CLARISA DEL CARMEN SERREY DE FIGUEROA CAMPERO (USUFRUCTUARIA); todo según Plano de Mensura de Fracción para Expropiación aprobado por la Dirección General de Inmuebles mediante Resolución N° 31 de fecha 11/02/1988.

ARTICULO 2°.- La fracción cuya expropiación trata el artículo anterior, se destinará a la ejecución de una represa correspondiente a la obra: “PROVICION DE AGUA POTABLE A EL CARMEN Y ZONA RURALES”, la que está próxima a ser licitada mediante el Sistema de BID-SNAP.

ARTICULO 3°.- Las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente Ley se atenderán con Rentas Generales y serán imputadas a las partidas previstas parea expropiación en el Presupuesto General y Cálculos de Recursos de la Provincia que se encuentren en vigencia.

ARTICULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de setiembre de 1988.-

 

JULIO FRIAS

Secretario Parlamentario

Legislatura de la Provincia

 

WASHINGTON JESUS CRUZ

Diputado

Vice – Presidente 1°

A/C Presidencia

Legislatura de la Provincia

 

 

Sancionada 22/09/1988

Publicado en BO Nº 149 de fecha 28/12/1988