LEY Nº 4351
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 4351
DE EXPROPIACION DE TERRENOS EN LOS ALISOS
ARTICULO 1ro.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, un inmueble que es parte del Lote 89, Padrón c-176, Dominio 1-356-411; identificado según Plano de Mensura de Fracción para Expropiación, tramitado en la Dirección General de Inmuebles de la Provincia, por Expte. Nro. 5.680-D-87, como te Nro. 524, con una Superficie de 524 Ha. 0054,67 m2, de propiedad de LAURA RUTH NAVEA DE CARLEVARD y HUGO NICOLAS NAVEA, ubicado en el Departamento de San Antonio.
ARTICULO 2do.- El inmueble sujeto de la Declaración anterior de utilidad pública y sujeto a expropiación será destinado a ser fraccionado en Lotes para su posterior adjudicación en los términos de la Ley de Tierras Fiscales (Nro. 3169).
ARTICULO 3ro.- Las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente Ley, se atenderán con Rentas Generales y se imputarán a las partidas previstas para las expropiaciones en el Presupuesto General y Cálculo de Recursos.
ARTICULO 4to.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, Diciembre 30 de 1987.-
LUIS ANTONIO WAYAR
SECRETARIO GENERAL ADMINISTRATIVO
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
A/C SEC. GRAL. PARLAMENTARIA
HUASCAR EDUARDO ALDERETE
PRESIDENTE
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
Sancionada 30/12/1987
Publicado en BO Nº 65 de fecha 06/06/1988