LEY Nº 1949
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1949
ARTICULO 1.- Apruébase el Decreto del Poder Ejecutivo dictado el 4 de
diciembre de 1919 por el que se cede gratuitamente a favor del
directorio del Banco de la Nación Argentina, un terreno de propiedad
fiscal ubicado en el pueblo de La Quiaca y destinado a edificar el
local en que ha de funcionar la sucursal del mismo.
ARTICULO 2.- Autorízase, en consecuencia, al Poder Ejecutivo para que
disponga la escrituración del terreno a que se refiere el artículo
anterior, por intermedio de la Escribanía de Gobierno, a favor del
Banco de la Nación Argentina.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, JUJUY, 14 de enero de 1949.-
MARCOS R. PAZ ISAAC A. CABANA
Secretario Vice Presidente 1°