BOLETÍN OFICIAL Nº 22 – 21/02/14

Icon_PDF_6DECRETO Nº 4351-P.-

EXPTE. Nº 662-081/13.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 DIC. 2013.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Autorízase a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE DESARROLLO AGRÍCOLA Y FORESTAL a realizar la Adquisición de Bienes de Capital por hasta la suma de Pesos Ciento Noventa y Seis Mil ($196.000,00.-), conforme seguidamente se detalla: 1. dos (2) Rastras de 20 Discos por 26”, 2. Una (1) Rastra de 20 Discos por 24”, 3. Una (1) Cultivadora de Levante Hidráulico con 8 brazos, 4. Un (1) Cincel de 7 Púas, 5. Una (1) Pala Niveladora.-

ARTÍCULO 2º.- Impútese el gasto emergente a: EJERCICIO 2013-LEY Nº 5756/13

Jurisdicción: “P” Ministerio de Producción

U de O.: P-3-A Dirección Provincial de Desarrollo Agrícola y Forestal

Finalidad: 7 Desarrollo de la Economía

Función: 2 Agricultura, Ganadería y Recursos Naturales Renovables

Fuente: 1 Rentas Generales

Partida: 2.5.7.1.25.0. Bienes de Capital-Fondo Especial del Tabaco

ARTÍCULO 3º.- Dispónese que la adquisición de los Bienes de Capital que se autoriza por el Artículo 1º se llevará a cabo por medio del procedimiento de Concurso de Precios, de conformidad al régimen vigente en materia de Contrataciones del Estado, de Administración Financiera y Contables vigentes y de acuerdo a los topes establecidos por Decreto Nº 8302-H-11.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR