LEY Nº 1918

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1918
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a conceder a la Parroquia
de El Carmen un subsidio especial de Cuarenta y cinco mil pesos moneda
nacional ($45.000.- m/n.), destinado a la construcción de una Capilla
en la localidad de Los Lapachos (Departamento de El Carmen).
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente,
deberá imputarse a la Ley Nº 1.800 (Presupuesto General de Gastos y
Cálculo de Recursos para el corriente año), Anexo C, Inciso XIII, Item
11, Partida para cumplimiento Plan de Obras y gastos de adquisiciones
de materiales, herramientas, equipos y unidades motorizadas para su
realización.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, JUJUY, 29 de octubre de 1948.-
MARCOS R. PAZ JUAN JOSE CASTRO
Secretario Presidente