LEY Nº 4347
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 4347
DE EXPROPIACION DEL TERRENO EN EL DISTRITO EL CHAÑI – DEPARTAMENTO DE MANUEL BELGRANO – DESTINADO A LA RECONSTITUCION DE LA ESCUELA Nº 226
ARTICULO 1º.- Declárese de utilidad Pública y sujeto a expropiación la Fracción terreno ubicado en el distrito – El Chañi – Dpto. Dr. Manuel Belgrano, que según plano aprobado por Resolución Nº 150/86 de la Dirección General de Inmuebles se individualiza como Lote Nº 703 – Padrón A-57.796 con una superficie de 4.708 metros cuadrados, con dominios en: IV-571-1241; 5bis- 142-135; 13bis -134-110/113; 18-155-118; 20-72-88/90; 21-37-41/43; 15bis-261- 210,211,212,214/216; 31bis-284-231/238; 15bis-234-265; 22-258-260/262; 22- 341-338/340 y 78bis-391/392, de propiedad de José María Puch; Delfín Puch, José Miguel Augusto Puch (hoy su suc.); Emma Angélica Sueiro de Poccioni; Ernesto Arturo Pfister; Ernesto Pfister; Arturo Pfister; Emma Angélica Sueiro; Manuel Alberto Sueiro; Raquel Nélida Sueiro; Octavia Aizama de Puch; Agustín Adrián Puch; Anibal Puch; Efren Reinerio Puch; Jorge Roberto Puch; Emilia Aizama Puch de Ramos y Rubén Alberto González.
ARTICULO 2º.- El inmueble expropiado se destinara al emplazamiento y reconstrucción del edificio de la Escuela Nº 226, a cuyo efecto el Poder Ejecutivo queda facultado para formalizar su cesión a favor del Consejo General de Educación.
ARTICULO 3º.- Los Gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se atenderán con Rentas Generales y se imputarán a la partida prevista para expropiación en la Ley de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Provincia que se encuentran en vigencia.
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 de diciembre de 1987.-
LUIS ANTONIO WAYAR
SECRETARIO GENERAL ADMINISTRATIVO
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
A/C SEC. GRAL. PARLAMENTARIA
HUASCAR EDUARDO ALDERETE
PRESIDENTE
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
Sancionada 30/12/1987
Publicado en BO Nº 66 de fecha 08/06/1988